Siete domingos a San José

El próximo domingo 1 de febrero, iniciamos los 7 domingos a San José para terminar en las vísperas de la fiesta de San José en Marzo. El Sumo Pontífice Gregorio XVI en 22 de enero de 1836 concedió á todos los fieles que, á lo menos con corazón contrito, recen devotamente las oraciones de los Gozos y Dolores en siete domingos continuos, las siguientes Indulgencias: 300 días en cada uno de los seis primeros domingos; plenaría en el séptimo confesando y comulgando.

El Papa Beato Pío IX, en 1 de febrero de 1847, se dignó conceder una indulgencia plenaria para cada uno de los siete domingos de San José, si se observan las condiciones de confesión, comunión y visita en cualquier templo, rogando por las necesidades del Sumo Pontífice y de la santa Iglesia.  No hay época señalada para practicar la devoción de los siete domingos; pero sí se exige que sean seguidos, sin interrupción, y que en cada domingo se recen todos los siete Dolores y Gozos de San José; y quien no sabe leer rece siete veces el Padrenuestro, Avemaria y Gloria.  Se recomienda a la piedad de los fíeles que en cada domingo lean una de las meditaciones que van á continuación. Las indulgencias son aplicables parlas almas del purgatorio.  Descargar las oraciones respectivas